Discusiones sobre el trabajo vía plataformas digitales. Perspectiva comparada

El pasado 14 de octubre, tuve el honor de participar en el ciclo de discusiones sobre el trabajo vía plataformas digitales, organizado en el marco del proyecto FONDECYT Plataformas de Chile, y para dicho encuentro, el Prof. Rodrigo Palomo me sugirió que expusiera sobre la perspectiva comparada del trabajo vía plataformas digitales. 

Allí abordé cuatro aspectos fundamentales: 1) los problemas jurídicos del trabajo mediante plataformas digitales; 2) la jurisprudencia comparada sobre la laboralidad de ese tipo de prestación de trabajo (de los casos Uber, Glovo y Foodora: TJUE, Tribunal Supremo de España, Cour de Cassation de Francia, Corte Suprema di Cassazione de Italia, Supreme Court del Reino Unido); 3) las diferentes propuestas de lege ferenda a nivel comparado; y 4) las respuestas normativas en distintos países (Francia, Italia, España, Estados Unidos -California-, Argentina, Chile, Colombia, Perú).

A continuación, el acceso a la charla completa y al intercambio de opiniones con el público presente:



Comentarios

  1. Estimado Federico elevo mis felicitaciones a tu impecable conversatorio organizado en el marco del proyecto FONDECYT Plataformas de Chile; con un recorrido exhaustivo de jurisprudencia, mencionando la contradicción de las mismas y el propio"parche" al que haces mención, con la correspondiente zona gris; sin perjuicio de la referencia a la Recomendación 198 OIT.
    Una generosidad palmaria propia de tu estilo, que se advierte en toda tu trayectoria.
    Un gran saludo a la distancia
    Alberto

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