EL DESPIDO PLURICAUSAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO URUGUAYO


Recientemente fue publicada la obra en homenaje al Prof. Américo Plá Rodríguez, en donde tuve el honor de aportar un estudio sobre "El despido pluricausal en el ordenamiento jurídico uruguayo" (Actualidad del pensamiento jurídico laboral de Américo Plá Rodríguez. Estudios en celebración del centenario de su nacimiento, FCU, pp. 223-248, Montevideo, 2020, ISBN 978-9974-2-1144-5).

Comentarios

  1. Interesante artículo de una descripción jurídica notable. En Argentina tenemos la invariabilidad de la causa, por ende el empleador, tiene que alegar aquella que ha provocado su injuria y con precisión, que ha tornado la imposibilidad de la prosecución del vínculo laboral, que además debe ser grave; porque es esa y no otra la que debe probar en el caso de judicialización, ya que sino el magistrado puede convertirla en un despido incausado.
    En otro orden, celebro el homenaje al recordado y querido Dr Pla Rodríguez con quien he tenido oportunidad de compartir distintos congresos mundiales de nuestra especialidad. Un verdadero maestro. Gracias Dr Rosenbaum por recordarlo.

    ResponderBorrar

Publicar un comentario

Entradas populares